EL PARADIGMA PÚBLICO DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA - XXIV
La colección de libros prohibidos que Melchor Ocampo halló en la Biblioteca Palafoxiana, bajo llave y candado, evidencia la práctica de la censura que el personal bibliotecario-eclesiástico en turno debió realizar, acatar y velar. Esto en concordancia con las políticas impuestas por la Inquisición novohispana. En relación con ese acervo de literatura prohibida, resulta aún más difícil aceptar que la Biblioteca de aquel Seminario Tridentino de Puebla haya desempeñado, con la mínima propiedad, el papel de una biblioteca pública en tiempos en que dominó severamente el Santo Oficio de la Inquisición. Institución dominante que trazó en gran medida el desarrollo de la vida tanto civil como religiosa en el México colonial.
El aparato inquisitorial en México exigió de una atmósfera intelectual propicia para controlar la circulación de los libros nocivos. La persecución de los escritos perniciosos requirió, por ende, de instituciones a su servicio; más aún, necesitó de las comunidades de lectores doctos e ilustrados que acudían a ellas. Así, las bibliotecas institucionales novohispanas, como la Palafoxiana, debieron desempeñar en ese contexto opresivo las importantes tareas de recoger, registrar y resguardar todas aquellas obras que, a juicio de los ministros del Santo Oficio, transgredían la fe cristiana. Más tarde, a partir de la década de los setentas del siglo XVIII, su autoridad represiva lograría alcanzar obras sobre temas filosóficos y políticos, así que
La Inquisición, como cuerpo eclesiástico, cumplió con su consigna de examinar lo que se decía y escribía sobre religión y teología, y, como tribunal político en contra de la subversión, estuvo lista a condenar y actuar ante manifestaciones de inconformidad social (Águeda, 2001, p. 71).
Es decir, las actividades del Tribunal de la Inquisición de México, en materia de escritos no autorizados, debieron ser sistematizadas en relación con: 1] el control de la producción, selección, adquisición y circulación de documentos y 2] la inspección de los contenidos de éstos, tanto para suprimir como para vedar. Para tal efecto, las maniobras de los sistemas de vigilancia abarcaron diferentes espacios, entre los que destacaron los puertos, las aduanas, los comercios, las librerías, los archivos y, por supuesto, las bibliotecas. Al respecto, Águeda, (2001, p. 146) asevera que fue “costumbre del Tribunal hacer revisiones de los sitios donde se vendían libros, de bibliotecas – tanto privadas como de los conventos – y de las obras mismas, en su acechante búsqueda de escritos con posibilidad de ser sancionados o ya prohibidos de antemano”. Aseveración que coincide con la de Osorio (1988, p. 64), en la que es notoria la relación eclesiástica con la política que orientó y motivó los actos de la Inquisición en México durante el periodo de transición entre la colonia y la independencia.
En estas condiciones la circulación de libros dejó de ser un hecho meramente controlado para preservar la fe y apareció más explícitamente como un problema de política estatal. La inquisición, por lo tanto, estrechó sus controles; revisó los envíos de España a México; exigió testimonio de los libros existentes en las librerías y en las bibliotecas particulares; urgó en las bibliotecas conventuales y de los colegios.
Respecto a los documentos prohibidos de antemano, nos referimos a los proscritos en los edictos y en el índice de aquellos que los ministros del poder eclesiástico-inquisitorial ya habían catalogado como impresos contrarios a la fe. En aquel escenario de vigilancia inquisitorial, la comunidad clerical del Seminario Tridentino de Puebla, con el apoyo técnico-administrativo de la Biblioteca Palafoxiana, debió actuar con determinado compromiso.
El trabajo de dominio referente a los libros se ejercía a través de los comisarios, cuya actividad inquisitorial se efectuaba mediante prácticas administrativas y procesales (Martínez, 1983, p. 415). En torno a esa labor figuró la necesidad de contar con sitios reservados para detener los libros “malos”; para castigar a los “delincuentes de papel” propiamente dichos, como Ramos los denomina (2013, p. 286); para confiscarlos, registrarlos y apartarlos no solamente de la lectura privada sino también del uso cuasi público que en algunas bibliotecas coloniales comenzaban a ofrecer, como en la Palafoxiana. En este sentido, ese espacio bibliotecario clerical no fue omiso ni neutro. Como organismo bibliográfico dominante del centro oriente del territorio novohispano, coadyuvó en los procesos inquisitoriales que culminaban en prohibir y expurgar libros. El testimonio referido de Melchor Ocampo nos permite inferir que esa Biblioteca colaboró en el ejercicio de la violencia institucionalizada que el Tribunal del Santo Oficio, también conocido como la Santa Inquisición, instauró en la Nueva España durante casi tres siglos. Continuaremos profundizando este tema.
Referencias
Águeda Méndez, Maria. (2001). Secretos del oficio: avatares de la Inquisición novohispana. México: El Colegio de México, Centro de Estudios Lingüísticos y Literarios: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Bibliográficas.
Martínez Rosales, Alfonso. (1983). Los comisarios de la Inquisición en la ciudad de San Luis Potosí, 1621-1820. En Memoria del III Congreso de Historia del Derecho Mexicano. México: UNAM. pp. 426-429
Ramos Soriano, José Abel. (2013). Los delincuentes de papel: Inquisición y libros en la Nueva España (1571-1820). México: Fondo de Cultura Económica; Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Ocampo, Melchor. (1901). Biblioteca Palafoxiana. En Obras completas. Tomo III. Letras y ciencias. México: F. Vázquez Editor. pp. 264-270