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CENSURA DE LIVROS – ESPANHA


La imprenta en España se desarrolló a finales del siglo XV en regiones como Segovia, Zaragoza, Valencia, Salamanca, Burgos, Valladolid, etc., sin embargo es en Sevilla donde alcanza un gran desarrollo y se constituye en el centro de comercio del libro español. Al principio el Estado no intervino en el control de las publicaciones, pero en 1480 inicia un control de los materiales bibliográficos otorgando permisos para su impresión. Posteriormente en 1502, la censura se establece y se ordena a los libreros, impresores, mercaderes y autores a presentar sus libros ante las autoridades para su revisión, declarando también la existencia de material anterior a la ley, bajo pena de confiscación de bienes y destierro. Se exceptuaban los libros litúrgicos y gramaticales, dicha orden se extendía a las bibliotecas de conventos, universidades y a colecciones particulares. La ley fue modificada por Felipe II en 1558, prohibiéndose también publicar libros de poco interés o contrarios a la religión y las buenas costumbres.

 

Autor: Fernando Báez
Fonte: Celia Vargas Martínez - Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional Autónoma de México – Texto: Los libros prohibidos por la inquisición del siglo XVI
Divulgado por Oscar Visiedo – Enviado para “biblio-progresistas” em 11/03/2005

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OSWALDO FRANCISCO DE ALMEIDA JÚNIOR

Professor associado do Departamento de Ciência da Informação da Universidade Estadual de Londrina. Professor do Programa de Pós-Graduação em Ciência da Informação da UNESP/Marília. Doutor e Mestre em Ciência da Comunicação pela ECA/USP. Professor colaborador do Programa de Pós-Graduação da UFCA- Cariri - Mantenedor do Site.